2012 发表于 2012-4-14 20:38:20

西班牙语合同之项目协议书

本帖最后由 2012 于 2012-4-14 20:40 编辑

CONTRATO PARA PROYECTOS CONCERTADOSEn León, a ... de .......... 2..... COMPARECEN De una parte, la Universidad de León, (en adelante ULE), con CIF Q2432001-B, y domicilio en Avda. Facultad, 25 24071 León, y en su nombre y representación el Sr. D. José Ángel Hermida Alonso, Rector Magnífico de la ULE, actuando en nombre y representación de este organismo, con poderes suficientes para la celebración de este acto en virtud de lo establecido en los Estatutos de la ULE, poderes que no le han sido derogados ni modificados, De otra parte ................. (en adelante, la EMPRESA) con CIF ............, y sede en ..............................................., que fue constituída ante el Notario de ................... D. ................................, el ... de ........... de ....., inscrita en el Registro Mercantil de ............ el ... de ........... de ....., y en su nombre y representación D. .........................., actuando en calidad de .............., con NIF ........., y de la cual tiene concedido poder en escritura otorgada ante el Notario de .............. D. ..................... el ... de ............ de ....., poder que no la ha sido derogado. Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, suscriben en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, al efecto, EXPONENPRIMERO.- Que la ULE es una entidad que desarrolla actividades de Investigación, Formación y Desarrollo Científico y Tecnológico. SEGUNDO.- Que la ULE posee experiencia probada en ............................, estando por ello la EMPRESA interesada en su colaboración para el desarrollo del Proyecto ........................................................., para cuya realización va a solicitar al Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), las ayudas establecidas a través de los Proyectos Concertados de Investigación. Y en consecuencia acuerdan las siguientes CLÁUSULASPRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente Contrato es regular la colaboración entre la ULE y la EMPRESA, para la realización de los trabajos de investigación que figuran en la Memoria del Proyecto Concertado titulado "......................................................" que acompaña al presente Contrato, y desarrollados al amparo de los arts. 11, 45.1 y 54.3.2 de la LRU/1983 y de los Estatutos de la ULE. SEGUNDA.- DESARROLLO DEL PROYECTO El proyecto será desarrollado por un equipo mixto entre el personal que la EMPRESA designe y el propio de la ULE. El presupuesto y las responsabilidades y trabajos de cada parte quedan recogidos en la Memoria del Proyecto, que se adjunta como ANEXO al presente contrato. La realización efectiva de las actividades contempladas en el presente contrato queda supeditada a la aprobación del proyecto por parte del CDTI. TERCERA.- DURACIÓN La duración prevista para el desarrollo del proyecto es de ... meses, a partir de la aprobación del mismo por parte del CDTI. CUARTA.- RESPONSABLES DEL PROYECTO Por parte de la ULE, el Investigador responsable será el Prof. Dr. D. ......................., del departamento de .................................. de la Facultad de ........................... Por parte de la EMPRESA, el responsable será el Sr. D. .................. QUINTA.- EMISIÓN DE INFORMES La UVEG informará regularmente a la EMPRESA de la marcha de los trabajos, que según la Memoria le corresponde desarrollar. SEXTA.- IMPORTE Y CONDICIONES DE PAGO Como contraprestación por la realización del proyecto, la EMPRESA se compromete a abonar a la ULE la cantidad de ........... Euros que hará efectiva con arreglo a las siguientes condiciones: * El ...% a la notificación de la concesión de la ayuda solicitada al CDTI. * El resto en .. plazos trimestrales de ......... Euros cada uno, por trimestres adelantados. Estas cantidades deberán incrementarse con el correspondiente IVA, y se harán efectivas en la c/c nº 2096-0000-86-2001884504 abierta en CAJA ESPAÑA. O.P., Ordoño II, 10, a nombre de la Universidad de León, Cuenta de Tesorería; contra factura dirigida a D. .............. ................ a nombre de la EMPRESA. SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las informaciones científicas o técnicas pertenecientes a la otra parte a las que hayan podido tener acceso en el desarrollo del proyecto de investigación objeto de este contrato, siempre que esas informaciones no sean de dominio público. Los datos e informes obtenidos durante la realización de los proyectos conjuntos, así como los resultados finales, tendrán carácter confidencial. Cuando una de las partes desee utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación como artículo, conferencia, etc. deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, mediante carta certificada dirigida al responsable de la misma en el seguimiento del proyecto. La otra parte deberá responder en un plazo máximo de treinta días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad sobre la información contenida en el artículo o conferencia. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión. Tanto en publicaciones como en patentes, se respetará siempre la mención a los autores del trabajo; en estas últimas figurarán en calidad de inventores. En cualquiera de los casos de difusión de resultados se hará siempre referencia especial al presente contrato. OCTAVA.- DERECHOS SOBRE PATENTES En la medida en que los resultados de la investigación sean patentables, la EMPRESA tendrá preferencia para depositar las correspondientes patentes, apareciendo como inventores aquellos investigadores de la ULE que hayan participado en las investigaciones. No obstante, la EMPRESA deberá informar previamente a la ULE de cualquier decisión al respecto. En caso de que la EMPRESA no esté interesada por algunos resultados patentables originados en el proyecto, deberá, en los seis meses siguientes a la obtención de los mismos, comunicarlo a la ULE, la cual decidirá si protege y hace explotar dichos resultados. NOVENA.- EXPLOTACIÓN DE RESULTADOS La EMPRESA podrá explotar libremente los resultados patentables o no que tuvieran su origen en el proyecto de investigación a que se refiere este contrato. En contrapartida, la EMPRESA deberá satisfacer a la ULE la oportuna regalía, que se definirá: * A un nivel razonable, teniendo como referencia los procedimientos o productos del mismo tipo existentes en el mercado. * Considerando las aportaciones intelectuales y financieras respectivas de las dos partes en el proyecto de investigación y en el desarrollo de los procedimientos o del producto. Dicha regalía será definida en cada caso directamente por los servicios competentes de la ULE y de la EMPRESA. DÉCIMA.- CARGAS FISCALES Todas las cargas fiscales que puedan recaer sobre la fabricación y explotación comercial de los resultados de la investigación serán de cuenta de la EMPRESA excepto las que correspondan al cliente. UNDÉCIMA.- SUBCONTRATACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE RESULTADOS Si por razones comerciales o de cualquier otra índole la EMPRESA subcontratase la fabricación y/o explotación comercial del resultado de la investigación deberá comunicarlo a la ULE y salvaguardar sus derechos respecto a la regalía y secreto estipulados en este contrato. DUODÉCIMA.-RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE LA EXPLOTACIÓN DE RESULTADOS La EMPRESA asumirá todas las responsabilidades por las garantías dadas respecto al objeto de su fabricación, suministrado por ella misma a sus clientes. La ULE no asume ninguna responsabilidad frente a terceros, y es totalmente ajena a litigios derivados de la fabricación y explotación comercial de los resultados de la investigación. DECIMOTERCERA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Las partes podrán denunciar o modificar el presente documento en cualquier momento por mutuo acuerdo. Las disposiciones de las cláusulas séptima y siguientes subsistirán después de la terminación del presente contrato. DECIMOCUARTA.- CANCELACIÓN DEL CONTRATO La investigación objeto del presente contrato podrá interrumpirse por mutuo acuerdo entre las partes contratantes, bien porque consideren los trabajos finalizados antes del período marcado, o por cualquier otra causa. La ULE entregará a la EMPRESA un informe de los resultados obtenidos hasta el momento de la interrupción y podrá utilizar libremente dichos resultados, siempre que salvaguarde las condiciones estipuladas en las cláusulas octava y siguientes. DECIMOQUINTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO Si por causas imputables a la ULE no se llevara hasta el fin el proyecto acordado, el contrato quedaría automáticamente rescindido. En tal caso, y si la EMPRESA desease utilizar los resultados obtenidos se realizará una valoración del trabajo ejecutado y la EMPRESA contra el pago del importe de dicha valoración, recibirá un informe de la ULE con los resultados que podrá utilizar en las condiciones que fija el presente contrato. Asimismo, si la EMPRESA pretendiera unilateralmente dar por finalizado el trabajo antes de su terminación, deberá pagar a la ULE el importe del valor del trabajo realizado, más todos los gastos que la ULE haya hecho o tenga comprometidos hasta ese momento, para el desarrollo del proyecto. La EMPRESA previo pago a la ULE de los importes de los conceptos citados, podrá utilizar los resultados obtenidos en las condiciones que se fijan en este contrato. DECIMOSEXTA.- JURISDICCIÓN La EMPRESA y la ULE se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo del presente acuerdo. En caso de conflicto ambas partes acuerdan el sometimiento a los Tribunales de León, con renuncia de su propio fuero. La EMPRESA declara conocer el carácter de Entidad de Derecho Público, que ostenta la ULE y, en consecuencia, la aplicabilidad a la misma de las normas del Procedimiento Administrativo. En su caso, las partes contratantes someterán las divergencias que pudieran plantearse en orden a la interpretación o cumplimiento del presente Contrato a la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman por duplicado el presente documento en el lugar y fecha arriba indicados. Por la ULE                                                      Por la EMPRESA EL RECTOR

微景 发表于 2012-4-17 17:32:52

。。。。。西翻中OK。。。中翻西好烦

牛奶冷掉了 发表于 2020-4-26 08:30:23

:(很难搞好难翻译
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